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miércoles, 17 de agosto de 2011

Nuevo Sitio de BCN: Historia Politica

Este nuevo portal creado por el congreso nacional, se gesto a partir de la celebración del cumpleaños numero 200 de la instalación del Primer Congreso Nacional Chileno.
El portal Historia Politica Legislativa del Congreso Nacional tiene como fin vincular a la ciudadanía en el marco de esta celebración.

En una primera espata contendrá solo historia parlamentaria y del congreso nacional apuntada un sector minoritario, a saber, personas interesadas en la historia parlamentaria. En próximas etapas quieren incluir nuevos elementos interactivos destinados a llamar la atención de niños y jóvenes.

Este tiene como fin ser una plataforma de conexion de los distintos elementos de la historia política legislativa nacional.

Además, busca crear espacios de colaboración e interacción social, impulsar la apertura de datos para que los usuarios los reutilicen y creen sus propias aplicaciones fomentando las conversaciones entre las distintas fuentes.

El portal de Historia Política Legislativa del Congreso Nacional de Chile espera de este modo contribuir a la difusión de la cultura jurídica proporcionando un adecuado conocimiento de la naturaleza y funcionamiento del Congreso y del rol de los parlamentarios.

Tiene cosas bastante interesantes, tales como saber que paso en la historia  "un día como hoy" , hitos políticos clasificados por años en una linea de tiempo.
Cuenta con 4 pestañas principales:
  
Entrevistas a ex parlamentarios (Videos): Dentro de esta pestaña se pueden ver las entrevistas clasificadas por temas. Método muy útil a la hora de buscar información especifica.

 

Folletos Políticos: Bastante interesante, están en formato original digitalizados y hasta ahora hay 183 registros que podemos explorar y ver, sin ningún tipo de limitación, el contenido de cada uno.


Historia Legislativa: 200 años de documentación relacionada con la actividad legislativa en Chile. Incluye Sesiones de los Cuerpos Legislativos de la República y Diarios de Sesiones del Congreso Nacional, del Senado, de la Cámara de Diputados. Se incorporan las actas públicas de la Junta de Gobierno que registran las materias tratadas y los acuerdos tomados por este organismo entre el 11 de septiembre de 1973 y el 9 de marzo de 1990. El 17 de junio de 1974, luego de la dictación del Decreto Ley nº 527, y en ausencia del Congreso Nacional, la Junta de Gobierno asumió los poderes constituyente y legislativo.



Ver otros temas: Entrevistas a ex parlamentarios, folletos políticos, documentos de historia política, reseñas biográficas parlamentarias, historia legislativa, etc.



Si quieren visitar el sitio aqui esta el link: http://historiapolitica.bcn.cl/

miércoles, 23 de marzo de 2011

Consejos de y para para principiantes N°1

Con esta entrada espero comenzar con una serie de post destinados a mostrar aquello que el CPC no dice por distintos motivos; tales como que esta reglado en  un auto acordado, porque es la mala costumbre del tribunal, etc, etc.
Vamos con el primer consejo!

Respecto de la prueba testimonial en una tercería de posesión, es importante que sepas que, llegado el día (o los días dependiendo de la resolución del tribunal) en que deban acudir los testigos a declarar sobre los puntos de prueba fijados por el tribunal, debes asegurarte de haber contratado a un receptor judicial, ya que sin el no tomaran la declaración de los testigos ¿por qué? sencillo, porque es el quien la tomara. 

Ahora la pregunta que debe venir a nuestras mentes es ¿por que necesito un receptor judicial para que tome la declaración si el CPC ni habla de eso?. La respuesta a esta pregunta, según los funcionarios del tribunal es que "puede que estén todos ocupados y nadie pueda tomar la declaración". 

El fundamento jurídico para esta practica lo desconozco, sin embargo me pondré a investigar.

Espero que este dato les sirva, al momento de rendir su primera testimonial en una tercería en tribunal, para evitar papelones!.

Dato extra: En Antofagasta, el valor de la toma de declaración por testigo es de 10.000 pesos chilenos.

ACTUALIZADO 
12-04-2011

Art. 390. Los receptores son ministros de fe pública encargados de hacer saber a las partes, fuera de las oficinas de los secretarios, los decretos y resoluciones de los Tribunales de Justicia y de evacuar todas aquellas diligencias que los mismos tribunales les cometieren.
Deben recibir, además, las informaciones sumarias de testigos en actos de jurisdicción voluntaria o en juicios civiles y actuar en estos últimos como ministros de fe en la recepción de la prueba testimonial y en la diligencia de absolución de posiciones.
Allí encontramos la razón del que los receptores puedan tomar la testimonial.

viernes, 11 de junio de 2010

Los 10 mandamientos de un Abogado - Eduardo Coutute

Estos mandamientos los formulo hace varios años el maestro de maestros del derecho procesal, el uruguayo Eduardo Couture:


1. ESTUDIA 

El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado. 

2. PIENSA 

El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando. 

3. TRABAJA 

La abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de las causas justas. 

4. PROCURA LA JUSTICIA 

Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia. 

5. SE LEAL 

Leal con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con el juez, que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú dices; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que tú le invocas. 

6. TOLERA 

Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya. 

7. TEN PACIENCIA 

En el derecho, el tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración. 

8. TEN FE 

Ten fe en el derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del derecho; en la paz, como sustitutivo bondadoso de la justicia. Y sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay derecho, ni justicia ni paz. 

9. OLVIDA 

La abogacía no es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota. 

10. AMA TU PROFESIÓN 

Trata de considerar la abogacía de tal manera, que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti, proponerle que se haga abogado. 

Nada mas que decir, creo que es el ideal de pensamiento y postura de un abogado. Mas de uno dirá que es comunismo, pero bueno, cosa de ellos, yo creo que tiene que ver con principios, ideas, posturas y formas de ver la profesión. Sin lugar a duda es una buena guía para poder evaluarse año a año o cada cierto tiempo cuando creamos que "estoy muy bien".