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martes, 20 de marzo de 2012

Derecho Objetivo y Subjetivo

En mas de alguna oportunidad te encontraras (y lo mas probable es que ya te hayas encontrado) con los conceptos de derecho subjetivo y derecho objetivo. Sin duda estos términos técnicos y poco deducibles han complicado tu lectura de un apunte, libro, expediente o incluso, el relato de un profesor en clases (y mas aun, una pregunta en examen).

Esto términos, son definidos y explicados de forma sencilla y clara por Ducci, quien nos enseña que:


  1. Derecho Objetivo: Son el conjunto de normas establecidos para crear la vida en sociedad.
  2. Derecho Subjetivo: Es el poder o potestad entregada a una persona, derivada de las normas objetivas, para exigir algo juridicamente.

Como pueden leer, es sencillo darse cuenta que una cosa no puede ser sin la otra (es como la fe y la esperanza) y por tanto, podemos decir que ambos son 2 elementos de un mismo concepto, el ordenamiento juridico (OJ).

(Derecho Civil - Parte General - Carlos Ducci - pagina 10)

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